El Consejo Constitucional aprobó nueve numerales del artículo 16, correspondientes al Capítulo II: “Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales”, donde destaca el no pago de contribuciones a la primera vivienda.
Esto, en el marco de la aprobación del derecho a la vivienda adecuada, el cual se consagra por primera vez a nivel constitucional, y señala: “El Estado promoverá, a través de instituciones estatales y privadas, acciones tendientes a la satisfacción progresiva de este derecho, con preferencia de acceso a la vivienda propia”.
Pese a la innovación, la consejera Paloma Zúñiga (RD) precisó que “es una pena que hoy, en vez de estar celebrando el derecho a la vivienda, estamos discutiendo si es pertinente o no una exención tributaria que mancha este derecho”, en relación al literal c) que se aprobó por 30 votos a favor y que exime del pago de contribuciones a los propietarios de inmuebles destinados a la vivienda principal.
Desde la bancada republicana, impulsora de esta medida, el consejero Antonio Barchiesi argumentó que miles de familias “de clase media esforzada” pagan contribuciones por su casa propia, corriendo incluso el riesgo de ser rematadas.
Fuente: El Dinamo