El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a E.C.T.M. a la pena de 15 años de presidio efectivo, en calidad de autora del delito consumado de homicidio calificado. Ilícito perpetrado en febrero del año pasado, en la comuna de Pozo Almonte.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Rodrigo Villar Bustamante (presidente), Raúl Castro Valderrama y Rodrigo Vega Azócar (redactor)– aplicó, además, a E.C.T.M. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 14 horas del viernes 17 de febrero de 2023, E.C.T.M. a bordo del vehículo marca Hyundai, PPU JDHF-24, con la excusa de acudir a firmar un documento notarial para el traspaso de un terreno, concurrió al exterior del Centro de Artes Escénicas de Pozo Almonte, lugar donde se encontró con la víctima, tía de su marido y que presentaba una discapacidad física del 70%, por lo que caminaba con la ayuda de un bastón, y con la que mantenía una relación de confianza y cercanía, y la trasladó hasta un domicilio ubicado en calle Héctor Basualto de la comuna.
Una vez en dicho inmueble, E.C.T.M. con un arma blanca, actuando de forma alevosa, a traición, sobre seguro y aprovechando la discapacidad física de la víctima, le propinó heridas cortopunzantes por la espalda, con compromiso pulmonar y cardíaco, lesiones que la causaron la muerte por una hipovolemia aguda severa.
Posteriormente, E.C.T.M. limpió el lugar e introdujo el cadáver al interior de una maleta, para regresar al sitio alrededor de las 09:55 horas del día siguiente, esta vez a bordo del automóvil marca Mazda, PPU LVTP-89, en el que cargó la maleta con el cuerpo de la víctima, para dirigirse hasta una residencia ubicada en calle Aldunate, donde la lanzó a un pozo séptico, en el cual fue encontrado el cuerpo, posteriormente, por personal de la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones.
En el aspecto civil, el tribunal acogió la demanda interpuesta y condenó a E.C.T.M., a pagar una indemnización de perjuicios de $35.000.000 por concepto de daño moral, a hijo de la víctima.